CondominioEs una entidad sin fines de lucros guiada a través de un comité de administración conformado por tres integrantes, los cuales cumplen las funciones de secretario(a), tesorero(a) y presiente(a), este comité dirige dicha administración representados por un administrador quien vela por la armonía, seguridad, gastos, bienes común, mantenimientos, regulación y normas en la comunidad, para mejorar y mantener el bienestar de esta comunidad, esto se regirá por medio de un reglamento interno el cual se debe dar cumplimiento.
Comité de AdministraciónEl Comité de Administración no sólo es un órgano de nexo entre la asamblea y el administrador, sino que tiene sus propias obligaciones y facultades que lo transforman en una entidad clave para el funcionamiento del condominio.
Secretario(a)- Se encarga de la correspondencia y archivos de la Asociación.
- Colaborar con la difusión de las Asambleas Generales.
- Colaborar en la coordinación de las Asambleas Generales.
- Hacer una síntesis por escrito de los puntos tratados tanto en la Asamblea General de Propietarios, así como de las reuniones de la Junta Directiva del Condominio.
- Recolectar la opinión y sugerencias de los residentes, ya sean escritas o verbales, para ser tratados en la Junta Directiva del Condominio o en la Asamblea General.
- Mantener constante comunicación con los condóminos.
Tesorero(a)- Llevar la contabilidad de la Asociación y administrar sus fondos.
- Recolectar las cuotas y donativos pertenecientes al condominio.
- Elaborar un plan de trabajo para la consecución de fondos económicos, previa aprobación del Consejo Directivo y ratificación de la Asamblea General.
- Rendir un informe anual del estado financiero de la Asociación, o cuando lo solicite un mínimo de 10 socios (estos datos pueden variar dependiendo del las estipulaciones en el condominio).
- Mantener constante comunicación con los condóminos
Administrador(a)- Cuidar y vigilar los bienes del condominio y los servicios comunes, así como realizar todos los actos de administración y conservación que el condominio requiera en sus áreas y bienes de uso común.
- Recaudar de los Condóminos lo que corresponda de las aportaciones para los fondos de mantenimiento, administración y el de reserva, así como el de las cuotas extraordinarias de acuerdo a los procedimientos y montos establecidos por la Asamblea.
- Efectuar los gastos de mantenimiento y administración del condominio, así como hacer cumplir el REGLAMENTO INTERNO del mismo.
- Relación pormenorizada de ingresos y egresos, el monto de las aportaciones y cuotas pendientes. El Administrador tendrá a disposición de los Condóminos que lo soliciten, una relación pormenorizada de las mismas, saldo de las cuentas bancarias, de los recursos en inversiones, con mención de intereses y la relación detallada de las cuotas por pagar a los proveedores de bienes y/o servicios del condominio así como una relación pormenorizada de los morosos y los montos de su deuda.
Los deberes del comitéEl Comité de Administración de edificios tendrá la representación de la Asamblea con todas sus facultades, excepto de aquellas que deben ser materia de Asamblea Extraordinaria.
Podrá dictar normas y tomar acuerdos, los que se mantendrán vigentes mientras no sean revocados o modificados por la Asamblea de Copropietarios o el propio Comité.
Además de las atribuciones que emanan de la propia ley, al Comité de administración de edificios le corresponde las que determine el Reglamento de Copropiedad o la Asamblea.
Con relación a las facultades señaladas en la Ley 19.537, podemos destacar las siguientes:
- Autorizar el corte de suministro eléctrico a deudores morosos.
- Aprobar presupuestos estimativos de gastos comunes.
- Fijar destino para depositar recursos del Fondo Común de Reserva.
- Convocar a asambleas ordinarias y extraordinarias.
- Ejecutar los respectivos acuerdos de Asambleas.
- Firmar Libro de Actas. (Art. 20).
- Representar a la Asamblea.
- Aplicar las multas contempladas en el Reglamento de Copropiedad.
- Abrir y manejar cuenta corriente o de ahorro.
- Solicitar rendición de cuentas al administrador.
- Autorizar actas de acuerdos de gastos comunes para otorgarle mérito ejecutivo.
- Denunciar infracciones.
- Confeccionar y actualizar Planes de Emergencia ante Siniestros.
El comité de administración está compuesto por :
Presidente (a) MARIA OLGA ZENTENO.
Tesorero (a) YENIFFER GALLARDO
Secretario (a) PAMELA GUERRA GALLARDO
Administrador RICHARD SILVA